| Art. 64º. El estudiante, es responsable del horario y la sección que se asigna en el momento de la matrícula y de su asistencia respectiva, una vez formalizado el acto de matrícula no se aceptará cambio de sección y turno fuera del plazo establecido en el Calendario Académico. |
| Capítulo III DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Art. 65º. La evaluación del rendimiento y aprovechamiento del estudiante es permanente, flexible e integral. Se aplica durante el proceso de enseñanza -aprendizaje, tiene directa relación con el logro de los objetivos o competencias planteados del perfil profesional establecido. La evaluación medirá el logro de los objetivos contenidos en cada silabo de las Unidades de Ejecución Curricular, con este propósito el docente seleccionará las actividades académicas apropiadas para alcanzar dichos objetivos. |
| Art. 66º. El sistema de evaluación comprende las siguientes modalidades: a. Exámenes escritos. b. Tareas académicas, consistentes en:
d. El docente debe desarrollar los exámenes escritos, en la siguiente clase para su discusión y revisión debidamente calificada para conformidad del estudiante |
martes, 23 de julio de 2013
Reglamento UPLA 2
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario